• EPÍGRAFES DEL IAE QUE PODRÁN ADHERIRSE AL PROYECTO PILOTO

     

    Los comercios participantes en el programa piloto deberán estar incluidos en alguno de los epígrafes del IAE siguientes:

     

    1º-1º-Sección 1ª, división 6, agrupación 64

     

    2º.-Sección 1ª, división 6, agrupación 65

    -excluida el Epígrafe 652.1.- Farmacias

     

    3º-Sección 1ª, división 6, agrupación 67

    -excluidos los siguientes epigrafes:

    6741 Servicio en vehículos de tracción mecánica

    6742 Servicio en ferrocarriles de cualquier clase

    6743 Servicio en barcos

    6744 Servicio en aeronaves

    6745 Servicios que se presten en sociedades, círculos, casinos, clubes y establecimientos análogos

    6746 Servicios establecidos en teatros y demás espectáculos que únicamente permanecen abiertos durante las horas del espectáculo, excepto los bailes y similares

    6747 Servicios que se prestan en parques o recintos feriales clasificados en el Epígrafe 9.3 de esta Sección

    6771 Servicios prestados por los establecimientos clasificados en los grupos 671, 672, 673 y 682 de las agrupaciones 67 y 68, realizados fuera de dichos establecimientos

    6779 Otros servicios de alimentación propios de la restauración

     

    4º-Sección 1ª, división 6, agrupación 68: Hostelería

     

    5º-Sección 1ª, división 9 grupo 972 (Peluquerías y servicios de estética)

     

    NO podrán ser beneficiarios

    • Las Administraciones Públicas, sus organismos autónomos y otras entidades del sector público
    • Los negocios de alimentación pertenecientes a cadenas de distribución:
    • Los grandes almacenes y/o grandes superficies.
    • La filial de grandes firmas, franquicias o empresas de implantación nacional o internacional, (salvo que se trate de franquicias cuya matriz esté radicada en el municipio.)